Empezaremos por definir qué es una pensión de alimentos
La pensión de alimentos puede definirse como el deber de una
o varias personas de asegurar la subsistencia de una u otras personas.
Ahora bien, en el caso de separación o divorcio, la pensión
de alimentos se trata de aquel deber que tienen los cónyuges para con los
hijos.
Dentro de la pensión de alimentos se engloba a todo lo
indispensable para el sustento, alojamiento, vestido, asistencia médica y
educación del que tiene el derecho a recibir tal pensión, en este caso los
hijos.
¿ QUIÉN TIENE LA OBLIGACIÓN DE SATISFACER LA PENSIÓN DE
ALIMENTOS DE LOS HIJOS?
El obligado a satisfacer esta pensión de alimentos será el
progenitor que no ostente la guarda y custodia del hijo o hijos. Pero con esto
no se quiere decir que el progenitor custodio no deba hacerse cargo de los
gastos ordinarios de los hijos ya que este progenitor también deberá contribuir
con estos gastos.
¿ DE QUÉ DEPENDE LA CUANTÍA DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?
La cuantía de la pensión de alimentos se establece
atendiendo a 2 circunstancias: por un lado, los ingresos de la persona que debe
abonarla y por otro lado las necesidades del beneficiario. La cantidad fijada
podrá modificarse posteriormente.
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