martes, 9 de febrero de 2016

EL AFORAMIENTO

EL AFORAMIENTO

        Actualmente se habla mucho en los medios de comunicación de esta figura jurídica, enlazada en la mayoría de los casos a los diversos delitos de corrupción política que están saliendo a la luz en nuestro país. Pero ¿sabemos que significa ser aforado?

            ¿QUÉ ES EL AFORAMIENTO?

           El aforamiento se trata de un fuero especial jurisdiccional que ostentan determinadas personas, que implica que las causas que se puedan seguir contra ellas las debe conocer un determinado Tribunal.

            ¿QUIENES OSTENTAN ESTA CONDICIÓN?

            Podemos distinguir dos grupos:

1.      Los miembros de las Cámaras Parlamentarias: La Constitución española establece que la responsabilidad penal del Presidente del Gobierno y de los demás miembros del Ejecutivo sólo será exigible ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Así mismo, esa misma Sala será la competente para conocer de las causas contra diputados senadores. Además, los Estatutos Autonómicos establecen también el aforamiento de los diputados del parlamento, los cuales serán juzgados directamente en el Tribunal Superior de Justicia de la autonomía correspondiente.


2.      Los miembros del poder Judicial: Son aforados los altos cargos tales como el Presidente del CGPJ, del Tribunal Supremo, del Tribunal Constitucional y los vocales del CGPJ, los cuales responderán ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Además todos los jueces, magistrados y fiscales cuyos procesos penales corresponde conocerlos a los Tribunales Superiores de Justicia.

¿ESTAMOS ANTE UN PRIVILEGIO?
El objetivo de  la figura del aforamiento era que un alto cargo público pudiese ser sometido a una decisión colegiada, la cual en un principio es más experta que una individual.

            Pero no todo son ventajas para el aforado, ya que el que es juzgado directamente por el Tribunal Supremo, se queda sin la segunda instancia, es decir, no puede recurrir la sentencia.


            Hay que recordar que la figura del aforado no significa una “exención de responsabilidad penal” sino que es una especialidad en la determinación del órgano judicial competente.

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