TIPOS TE TESTAMENTO.
EL TESTAMENTO OLÓGRAFO
Lo primero
que debemos tener claro es la definición de testamento, y ésta nos la da
nuestro Código Civil, en su Art. 667 el cual establece que el testamento es
aquel "acto
por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o
de parte de ellos".
Una vez que
tenemos clara la definición de testamento, procedemos a definir el tipo de
testamento que nos ocupa, el Testamento Ológrafo, el cual también lo define el
Código Civil, en su Art. 678, "Se llama ológrafo el testamento cuando el
testador lo escribe por sí mismo en la forma". En este tipo de
testamento no interviene el notario.
Para que un
testamento ológrafo sea válido, debe reunir una serie de requisitos legales,
Art. 688 Cc:
1. El
testamento sólo podrá ser otorgado por mayores de edad.
2. Deberá
ser escrito por el testador y firmado por él, así mismo deberá expresar al
fecha en la que se otorga.
3. Una vez
fallecido el testador, el testamento deberá ser presentado por aquella persona
que lo tenga en su poder, ante el Juzgado de Primera Instancia del domicilio
del fallecido, y dentro de los 5 años siguientes al fallecimiento.
¿Cómo se comprueba la validez del
Testamento Ológrafo?
Después de
ser presentado, el testamento, en el Juzgado y una vez se ha acreditado la
muerte del testador, el Juez abrirá el Testamento y comprobará la identidad del
testador con tres testigos que conozcan la letra y firma del testador.
Una vez que
el Juez considere justificad la identidad del testador, acordará la protocolización
del testamento, es decir, que le dará valor legal y entregará copias del
testamento a los interesados.
INCONVENIENTES DEL TESTAMENTO OLÓGRAFO
Para
otorgar este testamento no es necesaria la intervención de Notario, y por ello
puede conllevar varios inconvenientes:
1.
Posibilidad de falsificación.
2.
Desconocimiento, extravío o destrucción del testamento.
3.
Incorrecciones jurídicas que podrían dificultar la partición de la herencia.
Por todo
ello si se toma la decisión de otorgar este tipo de testamento, se recomienda
que como mínimo se consulte a un abogado.
Mª ANGELES HINOJOSA AGUILAR
ABOG. COL. 7369 GRANADA



